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Oposiciones Policía Nacional

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Un podcast para estudiar las Oposiciones de la Policía Nacional en buena compañía

201 - Promoción XL: aptos y caídos
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  • 201 - Promoción XL: aptos y caídos

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    Felicitamos a los aptos y mandamos un mensaje de ánimo a los caídos, hablamos de los orígenes de OPN, de las novedades de esta semana y anunciamos una oferta para el curso anual de OPN.



    En este podcast damos nuestra más sincera enhorabuena a todos aquellos opositores que han pasado la nota de corte del examen cultural y por supuesto, un mensaje de ánimo a los caídos. Hablamos del momento de la oposición en el que se encuentran cada uno de ellos.



    También hablamos de cómo nació OPN, cuáles fueron los orígenes. Cómo Malone y Peralta, con un micro comenzaron con el primer podcast de la oposición a Policía Nacional y cómo de ahí surgió OPN.



    Tenemos buenas noticias y es que seguimos de oferta. Este mes de mayo tienes el curso anual de OPN completo por 390€ 590€ .



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    Mon, 06 May 2024 - 24min
  • 200 - Actualidad de la oposición, nuevo curso y análisis de una posible dimisión del presidente

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    Hablamos de la decisión del presidente del Gobierno respecto a la posible dimisión. Vemos cómo podría haber afectado la dimisión, qué habría pasado y qué pasa ahora, haciendo hincapié en el contenido de relevancia en la oposición respecto a este tema.



    Pedro Sánchez ha anunciado hoy, lunes 29 de abril, que continuará al frente de la presidencia del Gobierno. Dejando clara cuál es su decisión respecto a su dimisión como presidente del Gobierno, en medio de la investigación sobre su esposa, Begoña Gómez, por posible tráfico de influencias y corrupción, aunque la Fiscalía ha solicitado archivar el caso. Esta cuestión había planteado una encrucijada, ya que, en caso de haber renunciado, la Constitución Española establece en su artículo 101 que el Gobierno cesará en su totalidad, lo que habría llevado a un nuevo escenario político.



    Esta decisión no cambia nada, lo que supone que el Gobierno continúa como hasta ahora tras este periodo de 5 días de autorreflexión, ya que ni si quiera Pedro Sánchez ha anunciado una cuestión de confianza, la cual viene recogida en los artículos 173 y 174 de la Constitución que dice:



    «El Presidente del Gobierno, previa deliberación en Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.»



    Artículo 174



    1. La cuestión de confianza se presentará en escrito motivado ante la Mesa del Congreso, acompañada de la correspondiente certificación del Consejo de Ministros. 



    2. Admitido el escrito a trámite por la Mesa, la Presidencia dará cuenta del mismo a la Junta de Portavoces y convocará al Pleno. 



    3. El debate se desarrollará con sujeción a las mismas normas establecidas para el de investidura, correspondiendo al Presidente del Gobierno y, en su caso, a los miembros del mismo, las intervenciones allí establecidas para el candidato. 



    4. Finalizado el debate, la propuesta de confianza será sometida a votación a la hora que, previamente, haya sido anunciada por la Presidencia. La cuestión de confianza no podrá ser votada hasta que transcurran veinticuatro horas desde su presentación. 



    5. La confianza se entenderá otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados. 



    6. Cualquiera que sea el resultado de la votación, el Presidente del Congreso lo comunicará al Rey y al Presidente del Gobierno.



    Por lo tanto su agenda pública continúa, la recupera desde hoy mismo y mañana presidirá el Consejo de Ministros.



    Es casi imposible que esta decisión pueda perjudicar a la Constitución Española salvo que haya una reforma que necesita unas mayorías.



    ¿Qué habría pasado si el Presidente del Gobierno dimite?



    En ese caso, el Rey debe proponer un candidato para someterse a una sesión de investidura sin necesidad de disolver las Cortes. Esto repetiría la situación vivida tras las elecciones de julio de dos mil veintitrés, donde Alberto Núñez Feijóo, líder del Partido Popular, fracasó en su intento de investidura, abriendo la puerta a un nuevo candidato.



    Una de las opciones que cobra fuerza es la de María Jesús Montero, la número dos del Ejecutivo, lo que podría marcar un hito histórico al convertirse en la primera presidenta del Gobierno de la democracia española. El proceso de investidura requerirá que el candidato propuesto obtenga una mayoría absoluta en la primera votación o una mayoría simple en la segunda, conforme a los artículos 170, 171, y 172 del reglamento del Congreso.



    Si transcurridos dos meses desde la primera votac...

    Mon, 29 Apr 2024 - 23min
  • 199 - La teoría de las actividades cotidianas

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    En este podcast hablamos de la teoría de las actividades cotidianas, de la teoría de las ventanas rotas y de la teoría de la elección racional ya que han sido pregunta de examen año tras año.



    La teoría de las actividades cotidianas o rutinarias, de Cohen y Felson



    La teoría de las actividades cotidianas o rutinarias, desarrollada por Lawrence E. Cohen y Marcus Felson en 1979, propone un marco para entender el incremento de la criminalidad en un contexto donde las condiciones de vida han mejorado. Esta teoría surge de la observación de que, a pesar del aumento del bienestar social post-Segunda Guerra Mundial, la delincuencia no disminuyó, sino que aumentó.



    La teoría identifica que la clave no reside en la mejora de las condiciones de vida per se, sino en cómo los cambios en la organización espaciotemporal de las actividades diarias aumentan las oportunidades para delinquir. Con más personas poseyendo bienes valiosos y pasando menos tiempo en casa, se generan más oportunidades para los delincuentes. Además, la teoría destaca la importancia de tres elementos que deben coincidir en tiempo y espacio para que se cometa un delito: un delincuente motivado, un objetivo o víctima propicia, y la ausencia de un guardián eficaz.



    La ausencia de cualquiera de estos elementos podría prevenir el delito, mientras que su convergencia facilita un aumento de la criminalidad. Esto implica que medidas preventivas efectivas pueden incluir no solo aumentar la vigilancia, sino también reducir las oportunidades de delito mediante una mejor organización y protección de los espacios comunes y personales.




    Pregunta de examen EB XL



    A finales de los años 70, Lawrence E. Cohen y Marcus Felson, establecieron que el delito se produce cuando coinciden tres elementos: el delincuente tiene una motivación para realizarlo, la víctima es algo alcanzable y el control social que protegería a la víctima falla. Esta teoría se llama:a) Teoría de las ventanas rotas.b) Teoría de las actividades cotidianas o rutinarias.c) Teoría de la elección racional.




    ¿Cuáles eran las otras teorías?



    Teoría de las ventanas rotas



    La teoría de las ventanas rotas fue desarrollada por los sociólogos James Q. Wilson y George L. Kelling en los años ochenta. Esta teoría sugiere que el mantenimiento y la imagen de un entorno urbano pueden influir significativamente en la conducta de las personas. La idea central es que los pequeños desórdenes y signos de abandono en un barrio, como ventanas rotas sin reparar, grafitis o basura acumulada, pueden crear un ambiente que fomente el crimen y la desviación social.



    Según esta teoría, la presencia de desorden en un área envía un mensaje de indiferencia y falta de control, lo que puede alentar a las personas a cometer más delitos y actos de vandalismo, perpetuando un ciclo de desorden y criminalidad. Por el contrario, un entorno bien cuidado y ordenado puede ayudar a prevenir el desarrollo de la criminalidad.



    La teoría de las ventanas rotas ha influido en varias políticas de seguridad pública, especialmente en la estrategia de «tolerancia cero» adoptada por ciudades como Nueva York. Bajo esta política, las fuerzas del orden se enfocan en prevenir pequeñas infracciones y desórdenes con la esperanza de evitar crímenes mayores. Sin embargo, esta aproximación ha sido también objeto de crítica y debate, particularmente en cuanto a su efectividad y a las implicaciones éticas de implementar un enfoque policial tan riguroso.




    Examen de teoría – Ascenso a Escala Ejecutiva 2021

    Mon, 22 Apr 2024 - 19min
  • 198 - Análisis del examen EB Promoción XL

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    Comentamos el examen que tuvo lugar el sábado 13 de abril de 2024, de la Escala Básica, Promoción XL. Hablamos de las preguntas en general, la dificultad que tuvo, la posible nota de corte, preguntas vistas durante la convocatoria y mucho más.

    Mon, 15 Apr 2024 - 31min
  • 197 - Extorsión, coacciones y robo con violencia o intimidación

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    Hablamos de las distintas diferencias entre el delito de extorsión, coacciones y robo con violencia o intimidación, analizando también una sentencia.



    ¿Qué diferencias existen entre el delito de extorsión y el delito de robo con violencia o intimidación?



    Para esclarecer estas diferencias vamos a hablar de la Sentencia 711/2021, de 21 de septiembre.



    Los tres acusados entraron en la casa de la víctima por la madrugada e intimidándole con cuchillos y con varios golpes, le exigieron la entrega de varios efectos de valor. Dos de los acusados se fueron a la hora y media, quedando uno de ellos vigilando a la víctima.



    Volvieron los dos asaltantes sobre las 6 de la madrugada y continuaron con las amenazas armadas para conseguir los 4 mil euros y droga, lo que no consiguieron, por lo que abandonaron la casa sobre las 7:30 am.



    Al mediodía los asaltantes se volvieron a encontrar con el denunciante y, tras llevarlo de nuevo a su casa sobre las 15:30 h, siguieron las amenazas para que les entregaran el dinero y la droga. No fue hasta las 17h cuando terminaron de abandonar el lugar.



    Más tarde se pudieron apropiar de varias plantas de marihuana, dos teléfonos móviles y una tablet, pero sin que la víctima les llegase a entregar los 4 mil euros.



    La Audiencia Provincial les condenó por un delito de robo con violencia en casa habitada con instrumentos peligrosos (art. 242.2 y 3 CP) concurriendo la agravante de abuso de superioridad, por un delito de detención ilegal del art. 163.2 CP y por una tentativa de extorsión del artículo 243 CP.



    La sentencia fue confirmada en apelación por el Tribunal Superior de Justicia y frente a esta se interpuso por los letrados de los condenados recurso de casación ante el Tribunal Supremo alegando, entre otros motivos, la indebida aplicación del artículo 243 CP entendiendo que no procede la condena por el delito de extorsión



    El TS recuerda cómo se regula el delito de extorsión en el Código Penal: (art. 243 CP)



    «El que, con ánimo de lucro, obligare a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero, será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años, sin perjuicio de las que pudieran imponerse por los actos de violencia física realizados.»



    ¿Qué expresó la juriprudencia del TS?



    En el delito de extorsión la acción típica consiste en buscar la colaboración del sujeto pasivo para que facilite el inconsentido trasvase patrimonial pretendido por el autor, lo que debe de hacerse no sólo con un ánimo lucrativo, sino empleando directamente violencia o intimidación sobre el sujeto pasivo para mover su voluntad.



    Por ello nos hemos hecho eco de que la proximidad entre el delito de extorsión y el delito de robo reside en el empleo de la violencia o la intimidación para la obtención de un lucro patrimonial, mas subrayando como diferencia:




    * la extorsión no tiene por qué recaer sobre el contenido mobiliario del patrimonio sino, sustancialmente,



    * que la acción no consiste en el apoderamiento directo del objeto del delito, sino que busca que el sujeto pasivo ejecute un acto de disposición o un negocio jurídico (contratos, arrendamientos, testamentos, hipotecas, acuerdos legales…) de cierta complejidad jurídica,de modo que cuando el acto pretendido con la violencia o la intimidación sea la simple entrega de la cosa interesada por el autor del delito, nos encontraríamos realmente ante un robo.




    Mon, 08 Apr 2024 - 23min
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